1. Si en una causa penal se considerase necesaria la comparecencia individual ante las autoridades de una de las Partes, en calidad de testigo o para un careo, de un individuo detenido en el territorio de la otra Parte, se formulará la correspondiente solicitud. El PP exige al Gobierno https://paisessinextradicion49257.howeweb.com/29308794/details-fiction-and-extradición-méxico-españa